La deducción de impuestos es una herramienta clave para optimizar las finanzas de cualquier contribuyente. Sin embargo, las deducciones permitidas varían según el régimen fiscal en el que te encuentres. En este artículo te explicamos qué tipos de deducciones puedes realizar de acuerdo a tu régimen, ya sea que tributes bajo el Régimen Simplificado de Confianza, el Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales, o como Sueldos y Salarios, entre otros.
1. Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)
Diseñado para personas físicas con ingresos menores a tres millones quinientos mil pesos anuales, que realizan actividades empresariales, profesionales o arrendamiento de bienes. Este régimen permite una administración simplificada de impuestos.
Deducciones permitidas:
- Sí: Compra de maquinaria para la operación (ej., equipo de cómputo).
- Sí: Sueldos y salarios si cuentas con empleados.
- Sí: Servicios necesarios para la actividad (ej., consultoría, asesoría contable).
- No: Gastos personales o familiares, como comidas no relacionadas con el negocio.
Puedes consultar más detalles oficiales en la guía de RESICO de la Secretaría de Economía.
2. Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios
Aplica a quienes reciben ingresos por una relación laboral o asimilada. Este régimen también abarca ciertas actividades independientes donde se considera un ingreso similar al de un salario.
Deducciones permitidas:
- Sí: Gastos médicos, medicamentos y hospitalización.
- Sí: Intereses reales pagados por créditos hipotecarios.
- Sí: Aportaciones complementarias de retiro en la Afore.
- No: Gastos de transporte personal, ropa y alimentos.
Para una explicación más amplia, puedes revisar esta guía sobre sueldos e ingresos asimilados.
3. Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales
Pensado para personas físicas que ejercen actividades comerciales o servicios profesionales, sin límite de ingresos. Es ideal para profesionistas independientes como médicos, abogados, arquitectos, consultores, etc.
Deducciones permitidas:
- Sí: Compra de materiales directamente necesarios para la prestación del servicio (ej., herramientas para un carpintero).
- Sí: Servicios profesionales (ej., asesoría jurídica, contabilidad).
- Sí: Gastos de viaje y viáticos relacionados con el negocio.
- No: Gastos personales como ropa o artículos que no tengan relación directa con la actividad.
Consulta más sobre este régimen directamente en la página del SAT.
4. Régimen de Incorporación Fiscal (RIF)
Diseñado para pequeños negocios o actividades comerciales con ingresos limitados. Incluye beneficios fiscales en los primeros años de operación que pueden reducir significativamente la carga tributaria.
Deducciones permitidas:
- Sí: Gastos de operación (ej., renta del local o servicio de internet).
- Sí: Sueldos y salarios si hay empleados.
- Sí: Vehículo de uso comercial (limitado en monto y tipo de gasto).
- No: Gastos de lujo o de esparcimiento.
Puedes profundizar en este régimen en la sección de RIF del SAT.
5. Enajenación de Bienes
Este régimen aplica a quienes venden bienes y obtienen ingresos por ello, como inmuebles, terrenos u otros activos.
Deducciones permitidas:
- Sí: Mejoras realizadas al bien en venta (ej., remodelación de un inmueble).
- Sí: Comisiones de intermediarios y otros costos de la venta.
- No: Gastos de mantenimiento que no agregan valor o no son considerados como mejoras.
Puedes revisar más detalles en la guía de enajenación de bienes del SAT.
6. Régimen de Actividades Empresariales con Ingresos a través de Plataformas Tecnológicas
Pensado para ingresos obtenidos a través de plataformas digitales como Uber, DiDi, Airbnb, entre otras, donde la plataforma puede realizar retenciones fiscales directamente.
Deducciones permitidas:
- Sí: Comisión de la plataforma (ej., tarifa de Uber).
- Sí: Mantenimiento de bienes usados en la actividad (ej., mantenimiento del vehículo).
- Sí: Pago de gasolina y lubricantes para actividades de transporte.
- No: Gastos personales o del hogar.
Más detalles en la sección de plataformas tecnológicas del SAT.
7. Régimen de Arrendamiento
Aplica a personas que obtienen ingresos de la renta de inmuebles (casas, departamentos, locales comerciales, bodegas, etc.).
Deducciones permitidas:
- Sí: Reparaciones menores (ej., pintura o plomería).
- Sí: Servicios públicos (ej., agua, luz del inmueble arrendado).
- Sí: Impuesto predial del bien arrendado.
- No: Remodelaciones que no sean esenciales para la habitabilidad del inmueble.
Puedes conocer más en esta explicación del régimen de arrendamiento.
8. Intereses
Aplica a quienes obtienen ingresos por intereses generados por inversiones, cuentas de ahorro u otros instrumentos financieros.
Deducciones permitidas:
- Sí: Retenciones realizadas por la institución financiera.
- No: Gastos personales de administración o asesoría sobre inversión.
Revisa la información oficial en la sección de intereses del SAT.
9. Obtención de Premios
Este régimen cubre ingresos derivados de premios, concursos y sorteos.
Deducciones permitidas:
- Sí: Retenciones del ISR realizadas en el momento de recibir el premio.
- No: Gastos de preparación o participación en el concurso, como traslados o inscripciones.
Consulta más información en la guía del SAT sobre ingresos por premios.
10. Dividendos
Aplica a personas que reciben ingresos por dividendos de utilidades generadas por empresas en las que tienen participación.
Deducciones permitidas:
- Sí: Retenciones aplicadas por la empresa distribuidora.
- No: Gastos personales relacionados con la administración de las acciones o participaciones.
Aquí puedes encontrar más información en esta guía sobre dividendos.
11. Demás Ingresos
Este régimen se refiere a ingresos ocasionales no cubiertos por otros regímenes, como ventas esporádicas de bienes personales.
Deducciones permitidas:
- Generalmente, este tipo de ingresos no tiene deducciones específicas, a menos que se justifique un gasto directamente relacionado con la obtención del ingreso.
Puedes profundizar en la sección de demás ingresos del SAT.
Conocer cuáles son las deducciones permitidas y cuáles no es esencial para cumplir con tus obligaciones fiscales y aprovechar los beneficios que cada régimen ofrece. Mantén tus finanzas en orden y simplifica el proceso con Fotofacturas para asegurar que cada deducción esté correctamente documentada.